|
Hasta los nueve meses del niño, la madre o el padre disponen de una pausa de una hora por lactancia sin reducción de salario. Si la pausa se efectúa a mitad de la jornada laboral se puede disfrutar de una hora o de dos medias horas. Por el contrario si se elige entrar a trabajar más tarde o salir antes, sólo se tiene derecho a media hora.
La madre o el padre o la persona que tenga a su cargo el niño, puede reducir desde la mitad a un tercio su jornada de trabajo habitual con la consiguiente disminución de su sueldo en igual proporción.
|